Guía sobre cómo alquilar una propiedad – Plusvalia

Guía sobre cómo alquilar una propiedad – Plusvalia

Si estás buscando alquilar debes tomar en cuenta estos elementos que ayudarán en tu decisión:

  • Los requisitos
  • La búsqueda
  • La reserva
  • El contrato
  • La firma del contrato
  • Lo que tienes que saber

 

Los requisitos

  • CI o Pasaporte vigente mientras dure el contrato.
  • Recibo de sueldo y certificado de ingresos
  • Garantía de alquiler: es una garantía que cubre tanto al propietario como a la vivienda en caso de que no se cumpla el contrato. Como inquilino debes proponer al menos dos garantías dentro de las siguientes opciones:
  • Título de propiedad inmueble (garantía propietaria)
  • Aval bancario
  • Seguro de caución
  • Garantía de fianza o fiador solidario
  • Garantía personal del inquilino: recibo de sueldo o certificado de ingresos. En caso de ser más de un inquilino se deben sumar los ingresos de cada uno.
  • Garante: es una tercera persona también conocida como fiador, en general un familiar que responde ante los posibles incumplimientos que puedas tener como inquilino. Este es un requisito poco frecuente, no siempre es solicitado por las inmobiliarias o los propietarios.
  • Adelanto: se abona un mes de alquiler por adelantado.
  • Depósito: es la suma de dinero que solicita el propietario para asegurarse de que como inquilino vas a cumplir el contrato. El monto de dinero equivale al precio del último mes de locación o a la parte proporcional si el depósito fue inferior a un mes de alquiler. El depósito se reintegra cuando se devuelve el inmueble a su propietario.

 

La búsqueda

Es importante que antes del proceso de búsqueda cuentes con una inmobiliaria de la zona y de confianza para que te facilite la operación y te permita minimizar posibles riesgos y conflictos con el alquiler.

Para buscar el inmueble ideal que cumpla con todas tus necesidades te recomendamos que respondas previamente estas preguntas que van a guiarte en tu decisión.

  • Zona
  • Precio
  • Tipo de Inmueble
  • Amenities
  • Área (transporte, comercios, parques)
  • Alícuota / Garantía
  • Si aceptan o no mascotas
  • Qué servicios incluye
  • Funcionamiento de los equipos

Consejos a la hora de visitar una propiedad para alquilar:

  • Recorrer el barrio.
  • Solicitar facturas de los servicios y de alícuotas.
  • Verificar el correcto funcionamiento del agua y el gas.
  • Comprobar el buen funcionamiento de la caldera o el termotanque.
  • Dar aviso de cualquier desperfecto que tenga el inmueble.
  • Prestar atención a la presencia de humedad o grietas en las paredes.
  • Consultar por la calefacción y ventilación.
  • Presentarse a la visita con una suma de dinero para poder señar en caso de que sea el inmueble elegido.

 

La reserva

Es una seña que demuestra el interés de alquilarla y el compromiso de quitar el inmueble del mercado.  Además, se redacta un modelo de contrato con las condiciones, el valor del alquiler, el mes de depósito acordado, los servicios a abonar y el plazo para la firma del contrato.

En caso de arrepentimiento por parte de la persona que quiere alquilar, se pierde la seña. Caso contrario, si se arrepiente el propietario y firmó la aceptación, debe devolver el doble del dinero entregado.

 

El contrato

Una vez que el propietario acepta la reserva, la inmobiliaria recopila y analiza la documentación requerida para avanzar con la operación.

Contiene:

  • Plazo del alquiler
  • Precio
  • Período y Lugar de Pago
  • Gastos que debe asumir el inquilino
  • Gastos que debe asumir el arrendatario
  • La Titularidad de los servicios básicos
  • Pautas
  • Reparaciones o Mejoras
  • Cláusulas de rescisión
  • Depósito de garantía

 

El plazo

El plazo mínimo del contrato de alquiler debe ser mayor o igual al establecido en la ley.

 

La renovación

La renovación de contrato puede ser convocada por cualquiera de las dos partes durante los tres últimos meses de contrato. En caso de que el propietario se niegue a renovar en ese momento, el inquilino puede finalizarlo de manera previa sin tener que pagar ningún tipo de multa.

 

La resolución anticipada

Como inquilino puedes decidir terminar el contrato previo al plazo de tres años.  Si ya pasaron más de seis meses del contrato, tienes que avisar con tres meses de anticipación para evitar pagar la multa de un mes y medio de alquiler. Por otra parte, si transcurrió hasta el primer año de alquiler solo debes pagar un mes y medio de indemnización, después del año, sólo un mes.

 

La firma del contrato

La firma del contrato la realizan todas las partes, es decir, propietario, inquilino y garante. En ese momento se abona el primer mes de alquiler, lo acordado como depósito de garantíalos honorarios de la inmobiliaria y se descuenta el monto dejado como reserva.

 

Lo que tienes que saber:

  • En caso de ser una propiedad amueblada es necesario realizar un inventario de los bienes de la propiedad cuando ingresas.
  • Si al momento de ingresar hay un desperfecto, es necesario que como inquilino des aviso a la inmobiliaria para que quede registrado. El propietario debe hacerse cargo de reparar cualquier tipo de desperfecto que se haya producido no atribuible al inquilino.
  • Al momento de devolver el inmueble debe estar en las mismas condiciones en las que se entregó originalmente y según se acordó en el contrato.
  • Cuando se restituye el inmueble, el propietario retiene el depósito de garantía para verificar que no hay deudas y que la propiedad se encuentra en las mismas condiciones en las que se le entregó al inquilino y luego lo devuelve. Si hay servicios impagos o algún desperfecto se cancelan con el depósito.

 

Estos son los gastos que debes considerar como inquilino: 

  • Alícuota y gastos de servicios básicos
  • Reformas por comodidad o lujo

Estos son los gastos que debes contemplar como propietario: 

  • Expensas extraordinarias
  • Mejoras o arreglos necesarios para mantener el inmueble

En caso de que solamente intervenga un corredor inmobiliario, todas las partes deben abonar la comisión. En cambio, si interviene uno para cada parte, propietario e inquilino, cada uno deberá abonar a su respectivo comitente.

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